¿QUÉ ES EL BOM 65?
Esta Caja de Previsión Social, a través de la Resolución Nº 71/12 incorporó dentro de otros beneficios previsionales, el Beneficio Opcional para mayores de 65 años (BOM65), siendo el mismo opcional para aquellos afiliados que se encuentren en condiciones de jubilarse pero quieran continuar en actividad laboral. El mismo fue aprobado por Asamblea Extraordinaria de fecha 31/08/12.
¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS A CUMPLIMENTAR PARA OBTENER DICHO BENEFICIO?
- Afiliados que se encuentren en actividad con matrícula habilitada.
- 65 años de edad o más.
- 30 años o más de Ejercicio Profesional.
- 30 años o más de Aportes Previsionales en esta Caja.
- Al día con sus obligaciones previsionales.
- Abonar el fondo solidario de trasplantes.
El beneficio consiste en el pago mensual de un importe equivalente a 70 unidades de aporte comprendido en el inc. d) del art. 38 de la Ley 6.574.
El afiliado solicitante, deberá seguir pagando la Matrícula Profesional al Colegio de Arquitectos de Salta (CAS) y al Consejo Profesional de Agrimensores, Arquitectos, Ingenieros y Profesiones Afines (COPAIPA), según corresponda, y su cuota previsional mensual obligatoria.
Este beneficio es incompatible con la jubilación, y caducará de pleno derecho, al momento en que el afiliado solicite la jubilación o cancele su matrícula profesional por cualquier motivo.