Son afiliados de nuestra Caja de Previsión Social, los matriculados en el Consejo Profesional de Agrimensores, Ingenieros y Profesiones Afines (COPAIPA), Colegio de Maestros Mayores de Obra y Técnicos Constructores de Salta (Co.M.M.O.Téc.Sa.), y del Colegio de Arquitectos de Salta (CAS) habilitados a ejercer sus respectivas profesiones, aún trabajen en relación de dependencia o realicen aportes en otros regímenes previsionales.
La circunstancia de estar comprendido en otro régimen previsional de índole nacional, provincial o municipal, de naturaleza pública, privada o semiprivada, como activo o beneficiario, no exime de la obligatoriedad de afiliarse y cumplir con las obligaciones emergentes de la ley 6574.
REQUISITOS PARA AFILIACIÓN:
Una vez matriculado, el profesional debe concurrir a nuestras oficinas con la documentación pertinente:
- Fotocopia simple de título.
- Fotocopia de DNI.
- Constancia de matriculación del respectivo Consejo o Colegios.
- Fotocopia del recibo de pago de matrícula.
- Formulario pertinente (previsional y FST).
Para el alta del Fondo Solidario de Trasplantes deberá adjuntar:
- Declaraciones jurada completa.
- Fotocopia de libreta o acta de matrimonio.
- Fotocopia de DNI del cónyuge e hijos.
Periódicamente el Consejo o Colegio informa a la Caja el listado de nuevos matriculados, produciéndose un alta de oficio en virtud a lo dispuesto por Ley; por lo cual se comienzan a devengar las cuotas previsionales correspondientes.
PRIMER AÑO BONIFICADO-Beneficio para los nuevos afiliados.
Nuestra Ley Nº 6.574, en su Art. 37, contempla la paosibilidad de beneficiar a todos aquellos nuevos afiliados que se inscriban en esta Caja de Previsión Social. Si el profesional se inscribe dentro de los 12 (doce) meses luego de obtenido su título, se beneficia con la eximición del pago del aporte previsional durante el primer año de su inscripción (año de gracia) y con una reducción del 50% en el transcurso del segundo año de afiliado.
Mejora en la Jubilación por años de exceso en los Aportes
Los afiliados que aporten más de 30 años, reciben un 0,2% mensual adicional al Haber Jubilatorio por los meses aportados en exceso.
EJEMPLO | 40 AÑOS DE APORTES = 24% MAS DE JUBILACIÓN |
+ INFO: https://cajapreving.org.ar/caja-ley-6574/
Escala de Aportes
Para tener derecho a los beneficios de previsión, los afiliados realizan un aporte mensual plasmados en la siguiente escala.
La “Unidad de Aporte” es la unidad de medida para determinar el monto de los aportes y beneficios del sistema previsional.
El valor de la Unidad de Aporte a partir del 01 de octubre de 2024 es de $ 3.9000 (Pesos tres mil novecientos), permitiendo que el Haber Jubilatorio alcance el monto de $390.000,00 (Pesos trescientos noventa mil) mensuales, equivalente a cien (100) unidades de aporte.
Asimismo, dicho incremento producirá el aumento porcentual pertinente de las cuotas adeudadas.