Beneficio Adicional
Más años de aportes, mayor jubilación.*
Los afiliados que aporten más de 30 años, recibirán un 0.2% mensual adicional al Haber Jubilatorio por los meses aportados en exceso.
Ejemplo:
Aporta durante 40 años, es igual a un 24% más de jubilación.
* Art. 42 de la Ley 6574, reglamentado por Resolución Nº 108/2015